Más que puntos negativos, se trata de aspectos que hay que tener en consideración:
- Una vez iniciado el procedimiento de liquidación, el deudor queda "congelado financieramente", esto implica que no puede ocupar ningún producto financiero (incluso la Cuenta Rut puede ser bloqueada).
- Relacionado con el punto anterior, hay que tener presente que el deudor deberá recibir su sueldo mediante cheque, efectivo o mediante deposito en una cuenta bancaria de un tercero de confianza.
- Si tu sueldo es superior a 56 UF, el exceso de dicha cifra será incautado hasta por tres meses.
- Como ya dijmos, si tienes algún bien a tu nombre (casa, automovil, herencias, etc) estos serán incautados y rematados. Por lo que de querer someterte a este procedimiento, es de suma importancia tener una reunión con uno de nuestros abogados para analizar todas las aristas.